Asamblea Nacional aprueba reforma constitucional que establece la pérdida de la nacionalidad al adquirir otra ciudadanía
De forma unánime, la Asamblea Nacional aprobó en segunda legislatura la Iniciativa de Ley de Reforma Parcial a los Artículos 23 y 25 de la Constitución Política de Nicaragua, fundamentada en el principio de que la nacionalidad no constituye un trámite administrativo, sino un pacto sagrado de lealtad con la patria.
La reforma establece que toda persona que adquiera otra nacionalidad y jure lealtad a un Estado extranjero rompe el vínculo jurídico y moral con Nicaragua, lo que conlleva la pérdida de la nacionalidad nicaragüense.
Durante la exposición de motivos, la diputada Loria Raquel Dixon destacó que a lo largo de la historia el pueblo nicaragüense ha demostrado una lealtad inquebrantable a la patria.
“Fueron nuestros Héroes y Mártires quienes, con su esfuerzo y sacrificio, permitieron que hoy vivamos en una Nicaragua Revolucionaria, libre, soberana e independiente”, expresó la parlamentaria.
En el debate legislativo, el presidente de la Asamblea Nacional, doctor Gustavo Porras, aclaró que la reforma constitucional no tiene carácter retroactivo, por lo que no afectará a los nicaragüenses que actualmente poseen otra nacionalidad.
“No hay retroactividad de la ley, de tal forma que esta ley no va a ser aplicada hacia atrás”, subrayó Porras, despejando dudas sobre el alcance temporal de la reforma.
Dixon explicó que la reforma modifica los Artículos 23 y 25 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, cuyo texto íntegro fue publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 32 del 18 de febrero de 2025.
El Artículo 23 establece que las y los extranjeros pueden ser nacionalizados previa renuncia a su nacionalidad de origen. No obstante, se mantiene el derecho de las y los centroamericanos de origen, residentes en Nicaragua, a optar por la nacionalidad nicaragüense sin renunciar a la propia.
Por su parte, el Artículo 25 reformado señala que la nacionalidad nicaragüense se perderá al momento de adquirir otra nacionalidad, reafirmando el carácter indivisible de la lealtad al Estado nicaragüense.
Con esta reforma, el Poder Legislativo refuerza el concepto de soberanía nacional, aclarando además que su aplicación será únicamente hacia el futuro, en estricto apego al principio constitucional de irretroactividad de la ley.

